
Ciudad de México
La mañana de este miércoles 26 de junio, murió un hombre en el andén de la estación Indios Verdes de la Línea 3 del Metro de la Ciudad de México, por un aparente infarto. Aunque recibió atención médica de los servicios de emergencia, no pudieron hacer nada por él.
Según el testimonio de la persona que lo acompañaba, el hombre había sido dado de alta del hospital y se dirigía a la casa de su hija donde guardaría reposo, sin embargo se desvaneció en el andén.
Una persona viajaba con él, quien pidió el apoyo de los equipos de emergencia, los cuales acudieron de inmediato al punto donde ocurrieron los hechos, pero nada pudieron hacer por el hombre, pues ya no contaba con signos vitales.
En el sitio se esperaba el arribo de elementos de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México (CDMX), quienes realizarán las investigaciones correspondientes para legitimar la causa de muerte y llevarán el cuerpo al anfiteatro correspondiente.
Cabe referir que cuando un usuario del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro muere dentro de las instalaciones se deben llevar a cabo las investigaciones correspondientes para determinar cuál fue su causa de muerte y así deslindar cualquier responsabilidad.
En el caso de que la muerte de una persona sea ajena al servicio que brinda el Metro, o a un desperfecto con las instalaciones, éste no cubre ningún seguro o indemnización.
Es importante resaltar que aunque los diferentes sistemas de transporte cuentan con seguros, sólo aplican en algunas circunstancias, el del Metro, por ejemplo cubre la responsabilidad civil y daños a terceros, por lo que, en caso de un accidente, el afectado debe permanecer en el lugar para hacerlo efectivo.
Pero, en caso de fallecimiento, los familiares directos de la víctima son quienes deben dar seguimiento al proceso.
▶️ #ÚLTIMAHORA | Murió un hombre de aproximadamente 70 años en el metro Indios Verdes, presuntamente por un infarto; aquí el reporte de los hechos.
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— @telediario (@telediario) June 26, 2024
En lo que se refiere al seguro del Metro este cubre los gastos por lesiones mayores, como hospitalización y medicinas, y en caso de requerirlo, gastos funerarios e indemnización.
El artículo 46 del Reglamento de Tránsito capitalino indica que, “todas las unidades que prestan servicio de transporte público de pasajeros o de carga deben contar con póliza de seguro de responsabilidad civil vigente que ampare por daños y perjuicio que con motivo de la prestación del servicio pudiese ocasionar a los usuarios, ya sea en su persona o patrimonio”.
Las unidades que no cumplan con lo anterior serán sancionadas de acuerdo a lo estipulado en la Ley y su reglamento.
“En caso de no portar la póliza vigente, el propietario del vehículo particular será sancionado con una multa equivalente a 20, 30 o 40 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente», señala el artículo.
Con información de Telediario